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miƩrcoles, 24 de marzo de 2010

ALCALDE DE HUAMACHUCO FIRMA CONVENIO PARA EJECUTAR ORDENANZA MUNICIPAL

En una trascendental ceremonia realizada en la ciudad de Huamachuco, el alcalde de la ciudad Carlos Loyola MĆ”rquez, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Dr. Pedro Urbina Ganvini y el Director Regional del Instituto Nacional Penitenciario-INPE Lic. VĆ­ctor VĆ”squez Avila, firmaron un convenio interinstitucional mediante el cual se harĆ” cumplir la ordenanza municipal 149, que establece las sanciones de los delitos menores con trabajos comunitarios en beneficio de la poblaciĆ³n.
El alcalde provincial Carlos Loyola MĆ”rquez anunciĆ³, en la ceremonia, que en quince dĆ­as se harĆ” efectiva esta legislaciĆ³n luego de su publicaciĆ³n y la comunicaciĆ³n al Juez de Paz Letrado de Huamachuco, el juez a partir de ello podrĆ” conmutar en todo o parte la multa que aplique en un proceso de su competencia en actual proceso, por la realizaciĆ³n de trabajos en beneficio de la comunidad contenidos en un plan de desarrollo aprobados por la comuna local. Para los efectos de la ordenanza, se entiende por trabajos en beneficio de la comunidad, aquellos que deben realizar los condenados por el juez de paz letrado de la provincia SĆ”nchez CarriĆ³n, quienes careciendo de los medios econĆ³micos suficientes para pagar las multas que les fueron aplicadas, soliciten expresamente la conmutaciĆ³n en todo o parte de ella, por la realizaciĆ³n del trabajo que el infractor elija dentro del programa aprobado por el Municipio.
El importante convenio fue firmado estable los compromisos de cada instituciĆ³n para velar por el fiel cumplimiento de la ordenanza. El INPE se compromete a poner a disposiciĆ³n de la municipalidad (como entidad receptora) a los sentenciados a fin de ejecutar la condena impuesta por el Juzgado correspondiente, supervisar, monitorear y controlar el cumplimiento de las sentencias a travĆ©s de un personal encargado para tal fin y seƱalar expresamente las tareas y/o servicios en que va a consistir los trabajos comunitarios.
Por su parte, la Municipalidad Provincial de SĆ”nchez CarriĆ³n estĆ” obligada a destinar los ambientes correspondientes para la realizaciĆ³n de las jornadas de trabajos comunitarios de los sentenciados por faltas o delitos menores. Asimismo, el municipio debe hacer llegar la notificaciĆ³n correspondiente, al domicilio del sentenciado para efecto que se presente a seguir cumpliendo con su condena, ademĆ”s llevar un control diario de la asistencia de los sentenciados, en la ejecuciĆ³n de los trabajos comunitarios asignados. Debe tambiĆ©n informar de manera mensual el cumplimiento o incumplimiento del sentenciado respecto al trabajo comunitario asignado. AsĆ­ como remitir los informes correspondientes que el INPE le requiera.
En el convenio se indica asimismo que la Corte Superior de Justicia de La Libertad debe remitir al INPE, toda sentencia consentida y ejecutoriada cuya pena signifique prestaciĆ³n de servicios a la comunidad y de limitaciĆ³n de dĆ­as libres, indicando el domicilio del sentenciado. La corte modificara la sentencia y convertir la condena en pena privativa de libertad en caso que los sentenciados no se presenten ante las autoridades del INPE o falten injustificadamente ante la entidad receptora a mĆ”s de tres jornadas consecutivas o mĆ”s de cuatro jornadas no consecutivas.
Esta es la segunda provincia del PerĆŗ que practicarĆ” este tipo de sanciones a delitos de menores, dijo el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Dr. Pedro Guillermo Urbina Ganvini. Este ejemplo deberĆ­a de ser seguido por la comuna de Trujillo, un buen ejemplo de avance en seguridad ciudadana, sentenciĆ³ la mĆ”xima autoridad judicial de la regiĆ³n.
Por su parte el alcalde Carlos Loyola MƔrquez, expreso que esta norma se cumplirƔ en la provincia puesto que se contarƔ con el apoyo de las organizaciones ronderiles, quienes se convertirƔn en entes vigilantes para el cumplimiento de las sanciones.
Se agradece su publicaciĆ³n
ROBBIE ROJAS MUƑOZ
Huamachuco, 23 de Marzo del 2010
MPSCH – II

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