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miƩrcoles, 24 de marzo de 2010

ALCALDE DE HUAMACHUCO FIRMA CONVENIO PARA EJECUTAR ORDENANZA MUNICIPAL

En una trascendental ceremonia realizada en la ciudad de Huamachuco, el alcalde de la ciudad Carlos Loyola MÔrquez, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad Dr. Pedro Urbina Ganvini y el Director Regional del Instituto Nacional Penitenciario-INPE Lic. Víctor VÔsquez Avila, firmaron un convenio interinstitucional mediante el cual se harÔ cumplir la ordenanza municipal 149, que establece las sanciones de los delitos menores con trabajos comunitarios en beneficio de la población.
El alcalde provincial Carlos Loyola MÔrquez anunció, en la ceremonia, que en quince días se harÔ efectiva esta legislación luego de su publicación y la comunicación al Juez de Paz Letrado de Huamachuco, el juez a partir de ello podrÔ conmutar en todo o parte la multa que aplique en un proceso de su competencia en actual proceso, por la realización de trabajos en beneficio de la comunidad contenidos en un plan de desarrollo aprobados por la comuna local. Para los efectos de la ordenanza, se entiende por trabajos en beneficio de la comunidad, aquellos que deben realizar los condenados por el juez de paz letrado de la provincia SÔnchez Carrión, quienes careciendo de los medios económicos suficientes para pagar las multas que les fueron aplicadas, soliciten expresamente la conmutación en todo o parte de ella, por la realización del trabajo que el infractor elija dentro del programa aprobado por el Municipio.
El importante convenio fue firmado estable los compromisos de cada institución para velar por el fiel cumplimiento de la ordenanza. El INPE se compromete a poner a disposición de la municipalidad (como entidad receptora) a los sentenciados a fin de ejecutar la condena impuesta por el Juzgado correspondiente, supervisar, monitorear y controlar el cumplimiento de las sentencias a través de un personal encargado para tal fin y señalar expresamente las tareas y/o servicios en que va a consistir los trabajos comunitarios.
Por su parte, la Municipalidad Provincial de SÔnchez Carrión estÔ obligada a destinar los ambientes correspondientes para la realización de las jornadas de trabajos comunitarios de los sentenciados por faltas o delitos menores. Asimismo, el municipio debe hacer llegar la notificación correspondiente, al domicilio del sentenciado para efecto que se presente a seguir cumpliendo con su condena, ademÔs llevar un control diario de la asistencia de los sentenciados, en la ejecución de los trabajos comunitarios asignados. Debe también informar de manera mensual el cumplimiento o incumplimiento del sentenciado respecto al trabajo comunitario asignado. Así como remitir los informes correspondientes que el INPE le requiera.
En el convenio se indica asimismo que la Corte Superior de Justicia de La Libertad debe remitir al INPE, toda sentencia consentida y ejecutoriada cuya pena signifique prestación de servicios a la comunidad y de limitación de días libres, indicando el domicilio del sentenciado. La corte modificara la sentencia y convertir la condena en pena privativa de libertad en caso que los sentenciados no se presenten ante las autoridades del INPE o falten injustificadamente ante la entidad receptora a mÔs de tres jornadas consecutivas o mÔs de cuatro jornadas no consecutivas.
Esta es la segunda provincia del Perú que practicarÔ este tipo de sanciones a delitos de menores, dijo el Presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, Dr. Pedro Guillermo Urbina Ganvini. Este ejemplo debería de ser seguido por la comuna de Trujillo, un buen ejemplo de avance en seguridad ciudadana, sentenció la mÔxima autoridad judicial de la región.
Por su parte el alcalde Carlos Loyola MƔrquez, expreso que esta norma se cumplirƔ en la provincia puesto que se contarƔ con el apoyo de las organizaciones ronderiles, quienes se convertirƔn en entes vigilantes para el cumplimiento de las sanciones.
Se agradece su publicación
ROBBIE ROJAS MUƑOZ
Huamachuco, 23 de Marzo del 2010
MPSCH – II

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